DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Ordena se siga el proceso por las normas del Procedimiento Ordinario, del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el artículo 378 del Código Penal Vigente en perjuicio de la ciudadana adolescente victima del presente caso, por estar lleno los extremos de el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR prevista en los literales "C y F" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, quien deberá presentarse cada TREINTA (30) Días en el Departamento de Trabajo Social de este Circuito Judic.....