Por los fundamentos expuestos este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA QUE EL PENADO JHON JAIRO VALENCIA MOLINA, titular de la cédula de identidad N° 7.472.133, colombiano, de 30 años de edad, soltero, obrero, hijo de Ciro Valencia y de Nancy Jaime, residenciado en sector Pomona, Los Estanques, casa s/n, cerca de la Lonchería S. de Morales, Maracaibo, DEBE CUMPLIR UN RÉGIMEN DE PRUEBA CON PRESENTACIONES CADA TREITA (30) DIAS, POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, HASTA EL DÍA 26-08-2009, ANTE LA UNIDAD TECNICA DE APOYO AL SISTEMA PENITENCIARIO DE MARACAIBO, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 64 y 479 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítase copias certificadas de la misma con oficio a la Director.....