A.- Consumado el acto procesal del desistimiento del procedimiento, hecho por la ciudadana MARIANA CHIQUINQUIRA BARRETO HOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.958.555; pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido desistimiento.
B.- SUSPENDER las medidas de embargo decretadas en fecha 14 de Julio de 2008, en contra del ciudadano JESUS ENRIQUE RINCON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.281.735, las cuales fueron ejecutadas en fecha 13 de Agosto de 2008, por el Juzgado Segundo Especial (Ejecutor de Medidas) de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: El Veinte por ciento (20%) sobre el salario, bonificaciones de fin de año, utilidades, cesta ticket, prestaci.....