En razón de las antes consideraciones de hecho y derecho, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: Primero: ACORDAR la extensión del Lapso de presentación de cada treinta (30) días, por cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, a favor de la ciudadana ANA LETICIA HERNANDEZ CLARO, de nacionalidad Colombiana, natural de Bucaramanga, fecha de nacimiento 30/10/19624, de 45 años de edad, casada, ama de casa, titular de la Cédula de Ciudadanía colombiana E-37.175.737, hija de Julio Hernández y de Rosa Melida Rojas Claro, residenciada en el Barrio Carlos Andrés Pérez, calle 10, cerca de la Carnicería de Cheo, Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, luego del examen y revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le sigu.....