En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del Derecho Abogada MIRILENA ARIZA, actuando en su carácter de Defensora Pública del imputado EDGAR ALEXANDER ROA OCHOA; en contra del auto de fecha 23 de Octubre de 2009, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual acuerda la medida de privación judicial preventiva de libertad al imputado antes mencionado, y en consecuencia se confirma la decisión recurrida. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, y regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo; remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funcion.....