DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución de la Circunscripción Judicial |del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por cumplimiento de la misma, a favor del penado JUAN CARLOS FERRER ACOSTA, titular de la cédula de identidad N° 7.886.866, venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 23-02-1963, de 45 años de edad, soltero, Latonero, hijo de Rafael Ferrer e Isabel Acosta, residenciado en Urbanización La Chamarreta, Sector 04, avenida 10, casa N° 73 A-13, Maracaibo, estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Y pasa en Autoridad de Cosa Juzgada la causa ordenando la remisión de la misma al Archivo Judicial Central en la oportunidad legal correspondiente. Igualmente, se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones C.....