Este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de La Región Centro-Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer en Alzada del recurso de apelación ejercido por el ciudadano Jhonny Fittipaldi, actuando con el carácter de apoderado judicial del Municipio Iribarren del Estado Lara, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental en fecha 24 de septiembre de 2007, mediante el cual se declaró con lugar la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo constitucional, por el ciudadano EMILIO SEGUNDO MÉNDEZ FLORES, asistido por la Abogada Yris Medina de Orozco, ya identificados, contra el acto administrativo contenido en el Acuerdo N° CM.202-97, de fecha 12 de junio de 1997, emanado de la CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
2.- SE NIEGA la solicitud de perención interpuesta.....