Sanciona al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, a cumplir la sanción de TRES (03) MESES REGLAS DE CONDUCTA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 620, 622 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES LEVES Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 416, artículos 277 con relación con el artículo 516 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano: FRANKLIN JOSE VALLADARES BRITO.