Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara consumado el acto procesal del convenimiento, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), sigue la entidad financiera BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A. contra la sociedad mercantil DEPOSITO DE LICORES HNOS. ALVARADO C.A. (DELIHALCA), como deudora principal, y los ciudadanos ERWINSON ALVARADO, LILIBETH GONZÁLEZ y ARMANDO CALDERA, como fiadores solidarios, homologándolo, impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, este Tribunal, se abstiene de ordenar el cierre y archivo del presente expediente hasta tanto estén cumplidas a cabalidad todas y cada una de las obligaciones suscritas en el convenimiento cel.....