Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 04 de octubre de 2016 por el ciudadano ENDERSON ENRIQUE BARRIOS MENDEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadanas BIANCA NIEVES ZAMBRANO SILVA, MARITZA RAMONA BORGES, CARMELA BARROSO, contra la sentencia proferida en fecha 28 de septiembre de 2016 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en virtud del juicio que por NULIDAD DE COMPRA-VENTA, incoare las ciudadanas BIANCA NIEVES ZAMBRANO SILVA, MARITZA RAMONA BORGES, CARMELA BARROSO, contra del ciudadano ERNESTO JOSE BARRIOS y la sociedad mercantil CINECA CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS, C.A.....