PRIMERO: Declarar parcialmente Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana MARIA DEL MAR SILVA HERRERA, colombiana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro. E.- 84.569.038. SEGUNDO: Se ACUERDA la rectificación de la partidas de nacimientos signadas con los números 3659 y 1880 de fechas 13.11.2007 y 20.05.2009, pertenecientes a los hermanos identidad omitida, en lo referido al numero de cedula de la madre, siendo lo correcto que deberá señalarse que "titular de la cédula de identidad N° E-84.569.038". TERCERO: Improcedente la rectificación acta de nacimiento de la niña identidad omitida, en virtud de que la misma falleció en fecha 11/11/11 tal y como se evidencia de copia simple de certificado de defunción N° 2058050 consignada en esta misma fecha por la solicitante, siendo que para el momento de su nacimiento la madre poseía el numero inserto en la referida acta. CUARTO: Se ordena oficiar a la Unidad Hospitalaria de Registro Civil de Nacimientos del hospital Dr. Luís .....