SE DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por la Ciudadana ISBEL BOUTTO, en contra de la empresa LAVANDERIA MEMBRIS; SEGUNDO: se condena a la empresa a pagar al demandante la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS TRECE BOLIVARES CON 40/100 (Bs. 2.331.713,40) por concepto de prestaciones sociales adeudadas, más los Intereses de Mora y Corrección Monetaria cuantificada desde el día en que se decrete la ejecución de la sentencia hasta el día de su materialización, a tenor de lo previsto en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se condena en costas a la empresa demandada por estar totalmente vencida de conformidad con lo previsto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.