Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana MIREYA CHIQUINQUIRA ARIAS PRIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.089.104, domiciliada en la Urbanización el Amparo, Calle Venezuela, s/n, entre Santo Domingo y San Rafael, Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio, ciudadano, ANGEL CHOURIO ALBORNOZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.425, en contra del ciudadano, DANIEL JOSE ROMAN AGUILLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.967.885, domiciliado en la Urbanización el Amparo, Calle Bolivia Esquina con Sant.....