Por los fundamentos precedentemente expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ORDENA INTEGRAR EL LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO, en consecuencia, se ordena la citación de la sociedad mercantil CARBONES DEL ZULIA, S.A. (CARBOZULIA), todo con ocasión al juicio de NULIDAD DE CONTRATO DE FIANZA, intentado por la sociedad mercantil LA INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A, en contra de las sociedades mercantiles IDEAS INVERSORA INTERNACIONAL, COMPAÑÍA ANÓNIMA y CARBONES DEL ZULIA, S.A. (CARBOZULIA); todas antes identificadas.
SEGUNDO: SE DECLARA LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado de citarse a las sociedades mercantiles IDEAS INVERSORA INTERNACIONAL, COMPAÑÍA ANÓNIMA y CARBONES DEL ZULIA, S.A. (CARBOZULIA); en virtud de ello, se deja sin efecto los actos procesales post.....