DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del JAIRO ARCILA Y ANA YEPEZ inscritos en el Inpreabogado 34.517 y 287.367 respectivamente, actuando con el carácter de defensores del imputado RAFAEL JUNIOR CRUZ MONTIEL TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V-20.987.171 imputado por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado el articulo 5, de la ley sobre el hurto y robo de vehículo automotores, concatenado con las circunstancias agravantes previstas en el articulo 6, ordinales 1°, 2° y 3´. ejusdem, el delito ASOSIACION PARA DELINQUIR, previsto en el articulo 37. de la ley orgánica contra la delincuencia organizada y Financiamiento al terrorismo, y el delito de PO.....