Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Juez Unipersonal Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta:
A. El el cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero que le correspondan al demandado ciudadano ROMERO PEREIRA RIXO RAMÓN, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.887.695, por concepto Prestaciones Sociales, Fondo de Ahorros, Fideicomiso e Intereses, en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte que puedan corresponder a la terminación de sus servicios y sobre las cantidades de dinero del beneficio que le otorga la empresa STAR DELTA ELECTRIC, C.A.-
B.- Las cantidades a retener deberán ser remitidas a este Juzgado en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, EXTENSIÓN CABIMAS-J.....