Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: La PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN intentaran los ciudadanos ROBINSON GREGORIO SALCEDO BRICEÑO y VICTOR JOSÉ BRACHO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad N° 10.403.882 y 7.970864, en ese orden, inscritos ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo las matrículas 53.025 y 53.691, respectivamente, actuando con el carácter de endosatarios en procuración de la ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO ALTERNATIVO DE DESARROLLO INTEGRAL (CENADI), antes identificada, contra los ciudadanos ANGEL ALFONZO PIRELA VASQUEZ, DIGNORA ELENA BOHÓRQUEZ PORTILLO, MANUEL SEGUNDO DIAZ FERNÁNDEZ y CIRS.....