Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ La REPOSICIÓN del presente Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentado por el ciudadano ADOLFO GOMEZ AVILA, en contra de los HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante TONY DANIEL MANCERA ECHEVERRÍA, plenamente identificados en actas. ASÍ SE DECIDE.-
¿ NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por la naturaleza de este fallo. ASÍ SE ESTABLECE.-
Publíquese, regístrese y notifíquese.-