En el día de hoy, Veinticinco (25) de Abril del año 2.011, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), día y hora señalados para llevar a efecto el PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Despacho y se procedió a ello. No estando presente la parte demandante ni por medio de su apoderado, igualmente no estando presente la parte demandada y tampoco la presencia del Defensor Ad-litem. Se deja constancia que en el presente acto estuvo presente LA FISCAL AUXILIAR VIGÉSIMO NOVENO (29) DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ZULIA, la cual expuso: "... pasaron que fueron los 45 días que establece el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, para la celebración del primer acto conciliatorio, el cual debió celebrarse en fecha 25/04/2011, y no compareciendo a dicho acto la parte demandante, esta Representación Fiscal solicita a este tribunal declare EXTINGUIDO, este proceso tal y lo establece la referida norma legal. Es todo. ..."; en.....