CONDENA al Ciudadano: JULIAN MIJARES BARET, plenamente identificado a lo largo de esta sentencia a cumplir la pena de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE HORAS DE PRISION, por encontrarlo responsable y culpable de la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO, HURTO SIMPLE CON ESCALAMIENTO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 455 Ordinales 3°, en relación con los artículos 80 y 82, artículo 453, en relación con el artículo 77 Ordinal 15°, Y 472, todos del Código Penal derogado, por las normas que se encontraban vigentes, para el momento de los hechos de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Nacional y artículo 2 del Código Penal. Igualmente se le condena al cumplimiento de las penas accesorias a la de prisión, de conformidad con el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: SE EXONERA DEL PAGO DE COSTAS PROCESALES a los ciudadanos JULIAN MIJARES BARET, JESUS MARIA MIJARES B.....