VI.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:.SE ANULA la sentencia apelada y dictada en fecha 29-10-2018 por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial y de todo lo actuado con posterioridad al auto de admisión de la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento de fecha 18 de mayo de 2.018, y en consecuencia, se ordena al tribunal que resulte competente, que de acuerdo al contenido del presente fallo, se pronuncie sobre la instauración y tramitación en cuaderno separado de la intervención del tercero en la presente causa.
SEGUNDO: Vista la naturaleza repositoria d.....