Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la ABG. MARVELYS ELISA SOTO GONZÁLEZ, en su carácter de Fiscal Décimo Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: REVOCA la decisión N° 303-14-, dictada en fecha 10 de marzo de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara del Zulia.
TERCERO: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los imputados LENIN FIDEL INFANTE y ERNESTO LUIS BERMÚDEZ ÁVILA, de conformidad con lo previsto en los ordinales 1°, 2° y 3° del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal; la cual será ejecutada por .....