CON LUGAR la demanda por Fijación de la Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana: JIAGNY MARIA DELGADO GUTIERREZ, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.489.146, domiciliado(a) en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio YIRAIDA FEBRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 42.603, en contra del ciudadano: ALVARO ANTONIO CONDE, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.831.636, domiciliado(a) en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia y en beneficio del niño (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), en consecuencia y tomándose como referencia el monto del Salario Mínimo mensual establecido por el Ejecutivo Nacional, se fija por concepto de Obligación de Manutención en beneficio del mencionado niño, lo siguiente:
Se fija como Obligación de Manutención mensual, la cantidad de CU.....