Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE: PRIMERO: Se declara de con lugar la solicitud presentada por el Abogado LEOMAR ALVAREZ, representante de la Defensoría Publica Penal Cuarta, en su condición de Defensor del imputado MANUEL ALCAZAR BLANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº E-1.049.933.737, fecha de nacimiento: 31-12-1974 , de 36 años de edad, grado de instrucción: 1º año de bachillerato; hijo de Felicia Caseres y Pedro Palomino, estado civil: soltero, de profesión u oficio: Albañil, domiciliado en: Hacienda San Rafael calle Salieron casa s/n , Estado Miranda, sector San Pedro de los Altos, Teléfono: 0426-279-39-55, por la presunta comisió.....