DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEXTO DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL PARA EL NUEVO RÉGIMEN Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNCISIÓN DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del ACTA DE TRANSACCIÒN realizada entre el accionante EDGARDO COLMENARES y la reclamada CORPORACIÓN HABITACIONAL SOLER, C.A, todos debidamente identificados, por lo que se le otorga el carácter de Cosa Juzgada.
SEGUNDO: Se Ordena el archivo del presente expediente por cuanto consta en actas el cumplimiento de la obligación de la demandada conforme al ACTA TRANSACCIONAL de fecha 23 de Marzo del 2010.
Publíquese y Regístrese.-