En consecuencia este Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en Nombre de a República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declara Con Lugar la solicitud planteada por el Defensor Publico 39°, en su condición de Defensor del Imputado MIRELLA DEL CARMEN CORONADO y ACUERDA FIJAR UN PLAZO de TREINTA (30) DÍAS CONTINUOS, al Fiscal undécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para que presente un acto conclusivo, como es Archivo, Sobreseimiento o Acusación, seguida en contra del Imputado MIRELLA DEL CARMEN CORONADO, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto las partes se encuentra presentes en este acto se dan por notificados de la presente decisión.¿ Siendo las once y treinta de la mañana (11:39 a Termino, se leyó y conformes firman.