Así las cosas, al evidenciarse que existe un vínculo matrimonial entre los ciudadanos MARISOL GUTIÉRREZ y CARLOS HENRÍQUEZ según consta en copia certificada del acta de matrimonio que riela en los folios diez (10) y (11) de la pieza principal, en atención a lo dispuesto en el artículo 191 ordinal 3° del Código Civil en concordancia con el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, esta Juzgadora haciendo uso del Poder Cautelar que la ley le confiere, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cincuenta por ciento (50%) de las cantidades que por concepto de salario le correspondan al ciudadano CARLOS JAVIER HENRÍQUEZ CANAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.321.045, domiciliada en este Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en su condición de trabajador al servicio de la sociedad mercantil GASAS ESTERILIZADAS, C.A., también conocida como GAESCA, Registro de Información Fiscal No.: J-00267650-7, domiciliada en la ciudad de Caracas, en la.....