DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este TRIBUNAL SÉPTIMO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por muerte del penado DAVID LEVI MOLERO RÍOS, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 03-10-1983, titular de la cédula de identidad N° V-16.624.836, quien en vida fuera hijo de David Molero y Enma Ríos; y quien fue condenado fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, DOS (02) MESES, VEINTE (20) DÍAS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 respectivamente del Código Penal, donde resultaron víctimas el ciudadano LEONEL ENRIQUE VERGEL y el ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal. En consecuencia, ordena pasar la causa en.....