CAPITULO V.
D I S P O S I T I V A.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, constituido en Tribunal Unipersonal, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: La ABSOLUCIÓN del ciudadano: JUAN MIGUEL VEGAS MILLÁN, quien es de Nacionalidad Venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, hijo de Juan José Vegas y Mirela de Vegas Millán, nacido en fecha 17-11-1975, mayor de edad, de 32 años, titular de la Cedula de Identidad Nro., V-15.364.522, de Estado Civil Soltero, residenciado en Calle Principal de la Herrereña, Casa Nro., 1321, Punta de Mata, Estado Monagas, ello de conformidad a lo establecido en el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se deja Sin Efecto la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, que le fuese decretada por el Tribunal de Control .....