DECISION
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial NO. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictado por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por la profesional del derecho LISNEDITH MONTIEL, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 123.025, en representación especial de los ciudadanos, LUIS MIGUEL DIAZ HERNANDEZ y YOHANNY GABRIELA BAUTISTA, titulares de la cedula de identidad No. V-19.214.496 y V-23.740.292, domiciliados en la Republica de Polonia, respectivamente, en consecuencia Se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha 11 de diciembre 2015, por ante el.....