DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el convenimiento celebrado por la profesional del derecho BENILDA SANCHEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 150.297, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana LEONOR DEL CARMEN MARRIANA MENDEZ, antes identificada, y el ciudadano ARGIMIRO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.002.394, asistido por el profesional del derecho ALVARO GARCÍA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 51.696.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente.
Se deja constancia que la parte oferente ciudadana LEONOR DEL CARMEN MARRIANA MENDEZ, antes identificada.....