PRIMERO: ADMITIR el escrito contentivo del recurso de apelación de autos presentado en fecha 31.10.2023 por la profesional del derecho Mirilena del Carmen Ariza González, Defensora Pública Trigésima Séptima (37º) Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensa de los imputados Roberth Enrique Escalona Suárez, titular de la cédula de identidad Nº V-30.737.825 y Nicole Virginia Mejía Carrera, titular de la cédula de identidad Nº V-31.491.129, de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITIR las pruebas promovidas por la defensa pública como parte recurrente, en virtud que se tratan de pruebas documentales que constituyen en sí el expediente de la causa, cuya utilidad, necesidad, legalidad, licitud y pertinencia pueden ser corroboradas directamente cuando se resuelva el presente recurso, prescindiéndose así de la fijación de la audiencia oral, conforme lo establece e.....