Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA
UNICO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de promoción de pruebas el cual iniciará una vez sea notificada de la designación, debidamente juramentada y citada la nueva defensora ad litem Abogada YANMEL RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 114.943, de la ciudadana ANA SANCHEZ DE MORÁN, ya identificada, parte demandada en el presente juicio.
PUBLÍQUESE, REGISTRESE Y NOTIFÍQUESE