Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
• LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano RONNY ESTEBAN AÑEZ PIÑEIRO, en el presente Juicio de ALIMENTOS.
• CON LUGAR la presente demanda de ALIMENTOS incoada por la ciudadana IRAIDA JOSEFINA VARGAS MACHADO, contra el ciudadano RONNY ESTEBAN AÑEZ PIÑEIRO, plenamente identificados en actas.
• SE FIJA las cantidades de dinero recaídas sobre el VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, retroactivos, vacaciones, bono vacacional y utilidades, así como el DIEZ POR CIENTO (10%) de las prestaciones sociales, fidecomiso entendido como lo intereses de las prestaciones sociales, fondo de ahorro y caja de ahorro, del ciudadano RONNY ESTEBAN AÑEZ PIÑEIRO,
• SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada, por haber sido vencid.....