Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la aprehensión de los imputados: KENNY JAVIER BRAVO BARROSO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 04-11-1988, soltero, de profesión u Oficio comerciante, cedula de identidad N° V-20.372.902, hijo de MARIA BRAVO y JOHENDRY BRAVO, residenciado en el Barrio Potrerito, calle 4, cerca del Abastos Mauricio, casa S/N°, Municipio La Cañada de Urdaneta, Estado Zulia, y JOHENDRY ELIGIO PIRELA BRAVO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 23-02-1986, soltero, de profesión u Oficio comerciante, cedula de identidad N° V-17.938.666, hijo de ELBA BRAVO y ELIGIO PIRELA, residenciado en el Barrio Potrerito, calle 3, cerca de la Cancha Mama Chicha, casa.....