RESOLUCIÓN N° 2012-000277. Se declara extinguida la acción penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por muerte del imputado, en la presente causa penal seguida al ciudadano JALED CHARROUF EL JARAMANI, arriba identificado, al constar en autos la muerte del acusado, a través de la copia certificada del acta de defunción. Se decreta el sobreseimiento de la presente causa penal, seguida al ciudadano JALED CHARROUF EL JARAMANI, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara terminado el procedimiento, con autoridad de cosa juzgada; se acuerda el cese de las medidas de coerción personal dictadas con ocasión al presente procedimiento, todo de conformidad con el artículo 319 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal.