CAPITULO IV
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción presentada mediante escrito de fecha doce (12) de mayo del año 2023, suscrito por la representación judicial de la parte actora, abogado en ejercicio VÍCTOR ÁVILA GONZÁLEZ, en conjunto con la apoderada judicial de la parte demandada YORATZY LOURDES REVEROL RODRIGUEZ, identificados plenamente en la parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por NULIDAD DE VENTA, intentaron las ciudadanas GRACE CAROLINA ALEMÁN SADLON, SABRINA PAOLA ALEMÁN SADLON, HECTOR EDUARDO ALEMÁN REYES y ANDREA RENEE ALEMÁN REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 24.403.....