Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos LEANDRO MILLAR WILHELM y ANNY CHIQUINQUIRÁ GUTIERREZ REYES, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el veinticinco (25) de julio del año dos mil catorce (2014), por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concepción, del Municipio Jesús Enrique Lossada, del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 100.