PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA intentaron los ciudadanos LEDY MARGARITA OLANO MORALES y HEBERTO ENRIQUE MORILLO BRACHO contra el ciudadano JAVIER JOSÉ ALMARZA ROMERO ya identificados. En consecuencia, se ordena a la parte demandada ciudadano JAVIER JOSÉ ALMARZA ROMERO a devolver a los actores la cantidad dada en arras, o sea, DOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.000.000,oo) y la cantidad pactada por daños y perjuicios, que es de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,oo), lo cual hace un total de Bs. 3.000.000,oo.
Obraron como apoderados judiciales de la parte actora, los abogados BEATRICE MOLINA y RAÚL MOLINA, ya identificados, y abogado.....