Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la recusación interpuesta por el abogado en ejercicio FRANKLIN GUTIÉRREZ, en su carácter de defensor privado del ciudadano ENDER JOSÉ MORÁN MOLINA, contra la Dra. YAKELYN COROMOTO DOMINGUEZ RODRÍGUEZ, en su carácter de Jueza Segunda Itinerante de Control con Competencia en Delitos Económicos y Fronterizos del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese y remítase la presente causa, al Juzgado correspondiente en su debida oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los veinticuatro (24) de abril de 2015. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación