Por todo lo antes expuestos este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, en uso del Poder Cautelar otorgado en el artículo 259 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, concatenado con el artículo 585 y 599, ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, Decreta: MEDIDA DE SECUESTRO, sobre la porción del Fundo Agropecuario LA BELEN, sembrada de pasto, con sus adherencias, pertenencias, mejoras y bienhechurías, constante de CUARENTA Y OCHO (48 Has) con DOS MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (2.900 Mts2), ubicado en Jurisdicción de la Parroquia El Moralito, Municipio Colón del Estado Zulia, cuyos linderos son: NORTE: Antes con fundo de Ramiro Rivera, y mejoras de Clemente Carlos y Luis Márquez Contreras y ahora, con mejoras de Leonidas Zambrano y en parte con mejoras de Isabel Hernández, SUR: Con mejoras de José Barboza, ESTE: Antes con mejoras de Car.....