DECISION
Por las razones antes expresadas, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la demanda por DESALOJO propuesta por el ciudadano MARIO RAMON JIMENEZ, en contra del ciudadano DONATO MASCOLO, todos ya identificados.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Despacho, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del dos mil siete (2007). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
LA JUEZ,
Abog. María del Pilar Faría Romero.
LA SECRETARIA,
Abog. GABRIELA BRACHO AGULIAR .
En esta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m), se dictó y publicó la ante.....