De conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal, se orden a la apertura del juicio Oral y Público, en contra del JOSE DAHAVID SASIA LOZADA titular de la cédula de identidad N° 20.224.676 por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y en perjuicio del Estado Venezolano. Admitiendo así TOTALMENTE la acusación fiscal.-