Declara culpable al ciudadano GUNTER KORINEK, nacionalizado Venezolano, natural de Viena Austria, profesión fotógrafo, casado, portador de la cédula de identidad N° E-82.143.041, residenciado en el Hotel Omni, piso 4, apto. 408, Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, encabezamiento, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y lo condena a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRISION, que resulta de tomar el término medio de la pena que el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, indica para ese delito y según el artículo 37 del Código Penal, mas las accesorias de Ley correspondientes. No se aplica la atenuante del artículo 74 del Código Penal, ya que, dimana de Nuest.....