DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano ILDEMAR ANDRES LOPEZ CORDERO, Cedula de identidad, según numero Nº V- 15.847.678, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de 3 Meses, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
- Residir en un lugar determinado.
- Realizar 3 trabajo comunitario 1 cada mes en el COMUNAL DONDE RESIDE
- No incurrir en otro hecho delictivo ni reincidir en uno igual a este.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y siguientes del recién reformado COPP.
LA JUEZA DE CONTROL N ° 11
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
EL SECRETARIO