Por todas y cada una de las razones que anteceden este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 341, 895 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE la acción de DIVORCIO POR DESAFECTO intentada por la ciudadana: YELITZA DEL CARMEN COVA DE MORENO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.208.444, respectivamente de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado CARLOS JAVIER VÁSQUEZ MÉRIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.111.133, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 323.651, en contra del ciudadano: JESUS FERNANDO MORENO OJEDA, puertorriqueño, mayor de edad, con el pasaporte N° 08.....