Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del imputado BRUNO RAUL MENDOZA JAIMES, de nacionalidad colombiano, republica de Colombia, natural de Barranquilla, fecha de nacimiento: 23-03-1965, de 41 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio asesor de venta, titular de la Cédula de Identidad N°. 72.127.762, hijo de OSWALDO MENDOZA (d) y de CARMEN JAIME DE MENDOZA, y con residencia en Conjunto residencial el Varillal, edificio Ceiba, Nª 5, piso 1, apartamento 1B, Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTACION FALSOS, previsto y sancionado en el artículo 425 ordinal 4 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con los numerales 3° y .....