Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES, EL CESE INMEDIATO DE MEDIDA OTORGADA Y LA CONDICIÓN DE IMPUTADO, a favor de los ciudadanos WILLY DE JESUS OCANDO SÁNCHEZ, titular de la cedula de identidad N° 15.012.758, JOSÉ CHIQUINQUIRA PARRAGA SÁNCHEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.687.929 y WILLY ESMELY SÁNCHEZ HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 19.569.033, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES SIMPLE, cometido en perjuicio de MARIA GREGORIA SANTIAGO; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313, en concordancia con el 2° aparte del artículo 314°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud del vencimiento del plazo otorgado al representante del Ministerio Público. Regístr.....