DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho IRIS RIERA LAMEDA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 26.796, actuando con el carácter de defensa del ciudadano MAYHER JESUS SANDREA BARROSO, titular de la cedula de identidad Nº V- 29.877.525, contra la decisión Nº 389-21, de fecha 02 de julio de 2021, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia
SEGUNDO: PARCIALMENTE ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por por los profesionales del derecho MARIA EUGENIA PETIT BARRIOS y DANIEL JOSE SEQUEDA YANEZ, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 86.934 y 183.557, respectivamente.....