Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por cumplimiento de las obligaciones contraídas por el acusado ALONSO ANTONIO MORA, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 16-05-64, de estado civil soltero, de profesión u oficio carnicero, cedula de identidad Nº 7.899.574, hijo de María Efigenia Mora (v), residenciado en Barrio San Ramón, avenida 17A, casa N° 115-108, Municipio San Francisco, Estado Zulia, por haber cumplido con las obligaciones inherentes al Régimen de Prueba en atención a la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO que les fuera concedido por este Juzgado. SEGUNDO: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....